Tribunal de São Paulo prohíbe venta de 35 áreas de investigación agrícola

El Tribunal de Justicia de São Paulo desestimó el recurso del Gobierno del Estado en una acción contra la venta de 35 áreas de investigación enfocadas a la agricultura. La decisión mantiene el fallo de Primera Instancia, que suspendió las audiencias públicas para debatir el asunto y facilitar la negociación.
La decisión fue unánime y atiende el pedido de APqC, Asociación de Investigadores Científicos.
El juicio fue llevado a cabo por la Tercera Sala de Derecho Público y tuvo decisión unánime. El relator, juez Kleber Leyser de Aquino, estuvo acompañado por los jueces Silvana Malandrino Mollo y José Luiz Gavião de Almeida.
En el recurso de apelación, el Estado argumentó que la venta de las áreas podría realizarse con base en una autorización legislativa genérica prevista en el artículo 11 de la Ley Estatal N° 16.338, de 2016, y que la audiencia pública tendría únicamente carácter consultivo, no vinculante, bastando su convocatoria mediante publicación en el Diario Oficial. Sostuvo además que no se necesitaría una aprobación específica del Poder Legislativo para cada venta y que cualquier falla, como la ausencia de estudios técnicos, no impediría que se llevara a cabo la audiencia.
Los jueces rechazaron los argumentos y consolidaron el entendimiento de que la Constitución del Estado exige un tratamiento diferenciado para los bienes vinculados a la investigación científica.
Además del requisito de autorización legislativa previa y específica, el tribunal también señaló fallas en el procedimiento adoptado por el gobierno para convocar a la audiencia pública. Según la decisión, la publicación en el Diario Oficial no es suficiente para garantizar la participación efectiva de la comunidad científica.
“La dimensión de la medida, que involucra múltiples institutos de investigación y posibles repercusiones en actividades científicas consolidadas, impone un rigor procesal compatible con la relevancia de los activos en debate. La ausencia de estudios previos y de una clara identificación de los ámbitos compromete la transparencia y la motivación del acto administrativo, en violación del deber de justificación que rige a la Administración Pública”, destacó el ponente.
entender el caso
En abril del año pasado, el gobierno del Estado de São Paulo convocó, mediante publicación en el Boletín Oficial, a una audiencia pública para discutir la venta de 35 áreas de investigación vinculadas a Institutos Públicos de Investigación vinculados a la Secretaría de Agricultura y Abastecimiento. La propuesta afectó a unidades distribuidas en diferentes regiones del estado.
La APqC interpuso una Acción Civil Pública y obtuvo un amparo suspendiendo la audiencia prevista para el 14 de abril. El Tribunal consideró que el procedimiento presentaba fallas relevantes, como la falta de claridad sobre qué áreas efectivamente se venderían, la falta de estudios económicos que justificaran la medida y la falta de un plan de acción para garantizar la continuidad de la investigación. También se destacó la insuficiencia del lugar elegido para el evento, con un aforo inferior al número de investigadores invitados.
El gobierno del estado intentó revocar la medida cautelar del TJ-SP. Al juzgar el recurso de apelación, los jueces reconocieron que la audiencia pública es un paso previsto en la Constitución del Estado y resaltaron que su efectividad depende de la presentación previa de información esencial.
Según el relator, la comunidad científica deberá tener acceso, con al menos diez días de antelación, al estudio económico que sustenta la propuesta, la delimitación de las áreas involucradas y el plan de acción sobre el destino de la investigación. Sin estos elementos, el tribunal entendió que el debate quedaría comprometido y no cumpliría con los requisitos de participación calificada que exige la Constitución.
En la decisión de hoy, el TJ-SP confirma la sentencia de primera instancia, desestimando el recurso del gobierno estatal.


