Nueva ley define porcentaje mínimo de cacao en chocolates

Los chocolates vendidos en Brasil deberán seguir los porcentajes mínimos de cacao en la composición, previstos por la ley. Además, los fabricantes deberán informar claramente la cantidad del ingrediente en las etiquetas de los productos vendidos en el país, ya sean nacionales o importados.
La Ley nº 15.404/2026, que define criterios para la producción, clasificación y etiquetado de productos derivados del cacao en Brasil, es publicada en la edición de este lunes (11) de Boletín Oficial de la Unión. La norma entra en vigor en 360 días, durante los cuales la industria deberá adaptarse a los nuevos requisitos.
Uno de los principales avances previstos es la obligatoriedad de informar en las etiquetas el porcentaje de cacao total del producto. Según la ley, la indicación debe aparecer en el frente del embalaje.ocupando al menos un 15% de la superficie y con suficiente protagonismo para facilitar la lectura.
La información se presentará en el formato “Contiene X% de cacao”, según los siguientes porcentajes:
- Cacao en polvo: mínimo 10% de manteca de cacao;
- Chocolate en polvo: mínimo de 32% de sólidos totales de cacao;
- Chocolate con leche: al menos un 25% de sólidos totales de cacao y un 14% de sólidos totales de leche o productos lácteos;
- Chocolate blanco: al menos un 20% de manteca de cacao y un 14% de sólidos lácteos totales.
- Leche con chocolate o glaseado: mínimo de 15% de sólidos de cacao o 15% de manteca de cacao.
El texto también prohíbe prácticas que puedan inducir a error al consumidor, como el uso de imágenes, colores o expresiones que sugieran que se trata de chocolate cuando el producto no cumple con los criterios establecidos.
En caso de incumplimiento de las normas, los responsables estarán sujetos a las sanciones previstas en el Código de Protección al Consumidor, además de otras sanciones sanitarias y legales aplicables.


