¿Podemos ir a trabajar con chanclas de piscina, pantalones cortos y camisetas de tirantes?

EDITAR: Este artículo publicado en junio de 2025 se actualizó con motivo de la primera ola de calor que afecta actualmente a Francia.
Sin ir tan lejos como para considerar un atuendo de Adán o Eva para ir a la oficina, podemos sentirnos tentados a vestirnos de manera ligera para afrontar mejor la ola de calor. Pantalones cortos, bermudas, chanclas o, por qué no, un camisón, ya puestos… Sólo que, aunque el marco legal no es, en última instancia, muy restrictivo en materia de vestimenta, no todo es tolerable, como explica el abogado especialista en derecho laboral, Eric Rocheblave.
En el Código del Trabajo, las únicas disposiciones relativas a la vestimenta se refieren al “equipo de protección personal” (EPI). “No bromeamos con eso, el casco que te da demasiado calor, los guantes o el calzado de seguridad […]no hay excepciones”, asegura el abogado. Y esto, incluso si este equipo es particularmente difícil con mucho calor. Sin embargo, en estas situaciones, el empleador puede tomar medidas como ajustar horarios, tomar descansos, rotaciones, etc.
“No vamos a hacer topless”
“Hay un poco de flexibilidad, no vamos a ir en topless, pero se toleran los pantalones cortos”, informa un pintor de la construcción. Pantalón cropped “un poco ancho” para “Small”, 55 años, técnico en trabajos verticales en cuerda, que debe protegerse las rodillas en su trabajo. Por su parte, Pascal, barrendero del Ayuntamiento de París, quisiera “tener las pantorrillas expuestas”, reconociendo sin embargo que la prohibición de llevar pantalones cortos “es comprensible cuando estás en el fondo del contenedor de basura”.
Más allá de estas situaciones específicas, prevalecen la jurisprudencia y el sentido común. El famoso “Eric de contabilidad”, que “no ve a nadie y está todo el día en una oficina cerrada” podrá venir con su “camisa de flores y sus bermudas”, explica Me Rocheblave. Pero en determinados casos, el empresario puede imponer una vestimenta, en particular a los empleados que están en contacto con los clientes, “por necesidades profesionales” o por motivos de imagen de la empresa.
Pero a veces las cosas se estancan y muchas situaciones acaban en los tribunales. El “código de vestimenta” debe adaptarse a las condiciones climáticas y, en caso de litigio, “el juez valorará la naturaleza de la tarea a realizar”, continúa el abogado. Pero será “caso por caso” que el juez determinará, en particular, las molestias para los demás, como un escote o unas bermudas que “revelarían un tatuaje particular que puede ofender”.
Nuestro expediente sobre la ola de calor
Aparte de las reglas escritas en piedra y los recursos legales, algunas personas ni siquiera se plantean la cuestión de los pantalones cortos. Como Yusuf, un cocinero, que cambió sus pantalones cortos por pantalones antes de empezar su turno “por respeto a los clientes”. Lo mismo ocurre con Pierre-Loup, de 22 años, que no podía imaginar otra cosa que un traje impecable para su entrevista para un puesto de trabajo-estudio como “asesor de lujo”. “Yo nunca habría usado pantalones cortos, ni mis clientes tampoco”, asegura también François, de 73 años, un ex vendedor jubilado.


