Escuela de ASD y pensión privada generan dudas en IR; saber más

Cuando se habla de Impuesto a la Renta, hay temas que generan divergencias entre los entendimientos de la Hacienda Federal y el Tribunal Federal. El podcast Ver folletodesde el Agencia Nacional de Radioexplica cómo se producen diferentes entendimientos sobre dos temas relacionados con las personas con discapacidad, las enfermedades raras y las neurodivergencias: la escuela como gasto de salud y el pensión privada.
Incluso antes de que finalizara el plazo para presentar la declaración de IR, varios anuncios en las redes sociales afirmaban que era posible deducir íntegramente los gastos de educación de las personas dependientes con Trastorno del Espectro Autista (TEA).. El tema es controvertido, ya que los gastos de educación sólo pueden deducirse en el valor de R$ 3.561,50 por dependiente. Sin embargo, una decisión judicial de 2023 abrió el camino para que estos gastos sean considerados gastos de salud, que no tienen límite máximo.
Detalles legales
El tema 324 del Panel Nacional de Uniformización (TNU), órgano del Tribunal Federal, entiende que la escuela regular puede deducirse íntegramente como gasto médico para niños con discapacidad en general, no sólo con autismo.
“Esta deducción se aplica a cualquier tipo de discapacidad, siempre que la escuela sea un objeto terapéutico, un objeto de inclusión”, explica el abogado especialista en derecho de la seguridad social Bruno Henrique.
Es decir, la presencia del niño en la escuela deja de ser sólo educativa y pasa a ser considerada como parte del tratamiento.
El IRS, sin embargo, sólo lo reconoce como tratamiento si el niño está matriculado en una escuela especializada.
“El Decreto 9.580 de 2018, en su artículo 73, dice que los pagos relacionados con la educación de una persona con discapacidad física o mental se consideran deducibles como gasto médico, siempre que esté certificado en un informe médico y que el pago se realice a una entidad destinada al tratamiento de personas con discapacidad física y mental”, dice el auditor fiscal del IRS, José Carlos Fernandes da Fonseca.
Según él, “si se trata de una escuela normal, esta deducción no sirve”.
En cualquiera de los entendimientos, ya sea del Tribunal Federal o de Hacienda, la posibilidad de quedar en el olvido con la declaración de las matrículas escolares como gastos de salud es real. Esto se debe a que los importes serán elevados y la deducción no es automática en estos casos.
Sin embargo, con la presentación de justificantes como informes médicos e informes pedagógicos, el beneficio puede ser otorgado por la Hacienda cuando el dependiente sea estudiante de una escuela especializada.
Para los dependientes con discapacidad matriculados en escuelas regulares, la solución probablemente será la vía judicial.
“La Hacienda Federal pedirá pruebas y dirá que esa deducción es errónea. Habrá que demostrarlo y habrá que presentar una defensa administrativa o incluso una discusión judicial basada en el Tema 324 del TNU, que es el precedente que tenemos. En este caso, el Poder Judicial sigue este entendimiento porque se trata de una tesis ya formada en la jurisprudencia”, aconseja el abogado especialista en Derechos de las Personas con Discapacidad, Thiago Helton.
Pensión privada con cero impuestos
Existe otro derecho fiscal poco conocido para las personas con discapacidad que ya se jubilaron y obtuvieron la exención de ingresos: el rescate con cero impuestos sobre las inversiones en pensiones privadas.
Según el abogado Thiago Helton, es posible ampliar la exención a las rentas de pensiones privadas en la modalidad VGBL o PGBL. “[O investimento] Es un complemento a la jubilación. Y esto ya es un entendimiento pacífico por parte de los tribunales federales”, añade.
Al igual que con la cuestión de las escuelas para TEA, la exención de las pensiones privadas también es un punto de desacuerdo entre la Hacienda Federal y la Justicia. El beneficio no es automático y requiere un proceso judicial. “Terminamos provocando a la institución que controla el plan y normalmente no se enteran. Entonces se presenta una acción declarativa”, detalla Helton.
La sentencia judicial aporta una ventaja significativa en comparación con otras inversiones. “Es un derecho que muy poca gente conoce en Brasil y que termina haciendo de este un vehículo de inversión muy interesante. Será una inversión que harás y no pagarás ningún impuesto. En cualquier otro tipo de inversión, pagarías al menos el 15% al gobierno”, explica.
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