PL que prohíbe a los niños asistir a eventos LGBTQIA+ es inconstitucional, dice jurista

El abogado y miembro de la Comisión de Defensa de los Derechos de los Niños y de los Adolescentes del Consejo Federal de la Asociación de Abogados de Brasil (OAB) Ariel de Castro Alves consideró inconstitucional el proyecto de ley (PL) que prohíbe, en la capital paulista, la participación de niños y adolescentes en eventos que aludan o alienten prácticas LGBTQIA+, principalmente la Marcha del Orgullo LGBTQIA+.
El proyecto de ley, elaborado por el concejal Rubinho Nunes (União Brasil), fue aprobado el día 20 de este mes en el Ayuntamiento de São Paulo. Para convertirse en ley aún se necesita su aprobación, en segunda vuelta, en el pleno de la Cámara.
El texto dispone que los eventos LGBTQIA+ deberán realizarse en lugares públicos o privados que permitan controlar el ingreso de niños, niñas y adolescentes, no podrán ocupar ni bloquear la vía pública y deberán desarrollarse en un espacio cerrado adecuadamente diseñado para la reunión de personas.
“Entiendo que el proyecto es inconstitucional, ya que la Constitución Federal no permite ninguna discriminación, y prevé el principio de igualdad, que todos son iguales ante la ley. No se puede prohibir el ingreso a niños y adolescentes, incluso aquellos acompañados de sus padres o tutores, en cualquier evento que se realice durante el día, como la Marcha LGBT”, destacó Ariel, quien también es exsecretario nacional de los derechos de la niñez y la adolescencia y expresidente del Consejo Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia (Conanda).
Ariel destaca que el PL es discriminatorio, porque no prevé, por ejemplo, la misma prohibición para carnavales, eventos culturales y otros espectáculos públicos. “Así, una prohibición que afecta sólo a la Marcha LGBT resulta discriminatoria y prohibida por la Constitución Federal. E incluso demuestra la LGBTfobia, considerada un delito, según la jurisprudencia del STF [Supremo Tribunal Federal]”, dijo a Agência Brasil, este domingo (24).
El jurista afirma también que el Estatuto del Niño y del Adolescente (ECA) prevé los derechos de participación, libertad de expresión, cultura y ejercicio de la ciudadanía, así como la legislación garantiza, especialmente en relación con los adolescentes, el derecho a la libertad.
“La prohibición también contraviene la libertad de expresión y reunión, ya que el desfile es un evento a favor de la ciudadanía, las demandas políticas y sociales de derechos, además de ser una actividad cultural, festiva y turística, que forma parte del calendario turístico y cultural oficial de la ciudad”.
Protección
Ariel enfatiza que los niños y adolescentes necesitan ser protegidos con base en la legislación y los eventos deben establecer reglas para recibir a este público.
“No se debe recomendar la participación de niños menores de 14 años no acompañados de sus padres o tutores, ya que la legislación establece que los menores de 14 años son considerados vulnerables, por lo que deben estar acompañados de sus padres y tutores”.
Destaca, sin embargo, que los padres y madres, según la ley federal, tienen derecho a llevar a sus hijos a eventos como el desfile, y educarlos sobre diversidad, género y ciudadanía. “Esto no se puede impedir, ya que es ilegal. En general, en el Desfile LGBT del SP hay alas específicas para familias con niños, que la organización debe adoptar como norma”.
Justificación
Al justificar el PL, el concejal autor Rubinho Nunes afirma que la realización de los eventos abiertos a que se refiere el proyecto “puede causar vergüenza a los padres que acompañan a sus hijos o adolescentes y no son partidarios de la causa defendida por los manifestantes”.
“No hay nada más justo y democrático que garantizar a las personas que se identifican con las agendas LGBTQIA+ la realización de sus eventos en un espacio cerrado adecuadamente diseñado para recibir a un gran número de personas, protegiendo a niños y adolescentes del acceso a contenidos inapropiados para su edad”, añade.
STF
Dos acciones interpuestas ante el Supremo Tribunal Federal (STF) cuestionan una ley similar, en el estado de Amazonas, que prohíbe la participación de niños y adolescentes en los desfiles del Orgullo LGBTQIA+ en el estado. El asunto es objeto de Acciones Directas de Inconstitucionalidad denunciadas por el ministro Gilmar Mendes.
Las acciones ya cuentan con los votos de los ministros Gilmar Mendes (Relator), Alexandre de Moraes, Cármen Lúcia, Edson Fachin y Luís Roberto Barroso para declarar inconstitucional la ley.

