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Restringir a los niños en eventos LGBTQIA+ es una cuestión de odio, dice jurista

El proyecto de ley (PL) que prohíbe, en la capital de São Paulo, la participación de niños y adolescentes en eventos que “aluden o alientan prácticas LGBTQIA+” transmite una cuestión de odio. La valoración la hace el jurista Belisário dos Santos Jr., miembro de la Comisión Arns, que participó en varias comisiones vinculadas a los derechos humanos a lo largo de su carrera.

“Es una cuestión de odio, puro odio, eso es lo que mantiene a Brasil dividido entre personas que ignoran la diversidad y el resto del país”, dijo Belisário. Actualmente, también es miembro de la Comisión de Justicia y Paz de la Arquidiócesis de São Paulo y de la Comisión Internacional de Juristas.

El proyecto de ley, elaborado por el concejal Rubinho Nunes (União Brasil), fue aprobado el día 20 de este mes en el Ayuntamiento de São Paulo. Para convertirse en ley aún se necesita su aprobación, en segunda vuelta, en el pleno de la Cámara. El texto menciona específicamente la Marcha del Orgullo LGBTQIA+, como uno de los eventos que estaría prohibido a niños y adolescentes.

“La Cámara, junto con él, votó en la primera votación. Creo que quizás recuperen sensibilidad y coherencia [na segunda votação]porque el desfile es una manifestación pública y política, no se puede impedir”, defendió el jurista.

El PL también establece que los eventos LGBTQIA+ deben realizarse en lugares públicos o privados que permitan controlar el ingreso de niños, niñas y adolescentes, no pueden ocupar ni bloquear la vía pública y deben desarrollarse en un espacio cerrado adecuadamente diseñado para la reunión de personas.

“El hecho de que se limite a restringir eventos LGBTQIA+ viola el principio de igualdad, de no discriminación. ¿Por qué sólo estos eventos y no eventos como el desfile religioso que siempre ocurre en Santana? ¿Por qué no prohibieron el carnaval? Es algo discriminatorio”, mencionó Belisário.

La Asociación Nacional de Travestis y Transexuales (ANTRA) destacó que “la defensa de la niñez no puede ser utilizada como instrumento de censura, persecución ideológica o institucionalización de la LGBTIfobia”. La entidad considera profundamente preocupantes iniciativas como estas, que utilizan el falso argumento de proteger a la infancia.

“Se trata de propuestas inconstitucionales, discriminatorias, basadas en la difusión de desinformación y pánico moral contra la población LGBTQIA+. Además de violar derechos fundamentales como la libertad de expresión, reunión, igualdad y autonomía familiar, estas medidas refuerzan el estigma y la exclusión de niños, adolescentes y familias LGBTQIA+, así como las estructuras familiares de las personas LGBTQIA+ que tienen hijos”, afirma ANTRA.

PL es inconstitucional

“Esto es inconstitucional, los tribunales lo eliminarán, estoy absolutamente seguro, ya sea por violación del principio de igualdad, de libertad de expresión, de libertad de reunión, por usurpación del poder familiar, por violación del estatus de niños y adolescentes”, afirmó Belisário dos Santos Jr.

El jurista también recordó el aporte de eventos como el Desfile LGBTQIA+ en diferentes sectores, tanto por su carácter educativo para la diversidad de niños y adolescentes como por su carácter económico, al atraer gran público y recursos a la ciudad.

Profesor de Derecho de la Universidad Federal de São Paulo (Unifesp), donde también coordina el Centro TransUnifesp, el abogado Renan Quinalha explica que el proyecto de ley de Rubinho Nunes es inconstitucional por algunos motivos.

“En primer lugar, porque viola la libertad de asociación y reunión, viola la competencia exclusiva de la Unión para legislar sobre esto, no le corresponde a un municipio promulgar legislación”.

“Además, constituye una forma de censura previa y discriminación indirecta contra la población LGBTQIA+”, dijo Renan, quien es presidente del Grupo de Trabajo Memoria y Verdad LGBTQIA+ del Ministerio de Derechos Humanos y Ciudadanía (MDHC).

El abogado mencionó que hay un precedente en discusión en el Supremo Tribunal Federal, bajo el informe del ministro Gilmar Mendes, cuyo dictamen es a favor de la inconstitucionalidad de una ley en el estado de Amazonas.

“Es un PL que fue aprobado en el mismo sentido, prohibiendo la presencia de niños y adolescentes en las marchas del orgullo en el estado de Amazonas, por lo que ya tiene el voto favorable del relator y cuatro votos más que lo acompañan. Entonces ya tenemos una señal de cinco ministros del Supremo Tribunal Federal de que este tipo de legislación tiene estas causas formales y materiales de inconstitucionalidad”, citó Renan.

El abogado y miembro de la Comisión de Defensa de los Derechos del Niño y del Adolescente del Consejo Federal de la Orden de Abogados de Brasil (OAB), Ariel de Castro Alves, también considera inconstitucional el PL. Según él, la prohibición parece discriminatoria y demuestra la LGBTfobia, considerada un delito, según la jurisprudencia del STF.

“Entiendo que el proyecto es inconstitucional, ya que la Constitución Federal no permite ninguna discriminación y prevé el principio de igualdad, que todos son iguales ante la ley”, destacó Ariel, quien también es exsecretario nacional de los derechos de la niñez y de la adolescencia y expresidente del Consejo Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia (Conanda).

Jorge Santoro

Jorge Santoro lidera el equipo editorial con formación en comunicación obtenida en la Universidad Nacional de Córdoba, Argentina. Se caracteriza por un criterio propio, atención al detalle y una mirada crítica que aporta profundidad y coherencia a cada contenido publicado.

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