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STF suspende sentencia sobre jubilación de empleados públicos

El Supremo Tribunal Federal (STF) suspendió la sentencia que decidirá si los empleados públicos de empresas públicas y de economía mixta deben jubilarse obligatoriamente al cumplir 75 años.

El caso comenzó a ser analizado el mes pasado por el pleno virtual de la Corte, pero fue interrumpido el 28 de abril, luego de que el tribunal registrara una mayoría de votos para la aplicación de la norma de seguridad social. No hay fecha límite para la reanudación del juicio.

Pese a la mayoría formada, se registraron diferencias sobre otros puntos que fueron discutidos durante el juicio. Ante este escenario, la Corte decidió esperar el nombramiento del undécimo ministro para finalizar el juicio. La vacante se abrió con la jubilación del ministro Luís Roberto Barroso.

El mes pasado, el fiscal general de la Unión, Jorge Messias, fue nominado por el presidente Luiz Inácio Lula da Silva para ocupar la vacante de Barroso, pero su nombre no fue aprobado por el Senado.

La Corte juzga la validez de la Enmienda Constitucional 103 de 2019, la reforma previsional aprobada durante el gobierno de Jair Bolsonaro. La norma ahora determina que los empleados públicos que hayan cumplido el período mínimo de cotización a la seguridad social deberán jubilarse automáticamente al cumplir 75 años.

El tribunal también decidirá si la norma puede aplicarse en casos anteriores a la reforma y si genera derechos laborales de rescisión.

El caso específico que motiva el juicio se refiere a una empleada de la Empresa Nacional de Abastecimiento (Conab) a quien se le rescindió el contrato de trabajo cuando cumplió 75 años.

Votos

El ministro Gilmar Mendes, relator del caso, votó a favor de reconocer la validez de la reforma constitucional y sugirió aplicar el entendimiento a procesos similares que se tramitan en todo el Poder Judicial.

Mendes también entendió que el despido no genera derecho al pago de fondos laborales y es de aplicación inmediata.

“En el caso de jubilación forzosa, y no espontánea, la inactivación del trabajador no depende de su voluntad o de la del empleador, siendo condiciones suficientes para su inactivación alcanzar el límite de edad junto con el tiempo mínimo de cotización”, escribió el ministro.

A la votación del ponente siguieron los ministros Alexandre de Moraes, Cristiano Zanin, Cármen Lúcia y Nunes Marques.

Luego, cinco ministros presentaron desacuerdos.

El ministro Flávio Dino validó el cese forzoso a los 75 años, pero entendió que el despido genera derecho al pago de la indemnización por despido. La votación estuvo acompañada por Dias Toffoli.

Edson Fachin entendió que la regulación de la jubilación obligatoria debe ocurrir a través de una ley reguladora propia, entendimiento que fue seguido por Luiz Fux y André Mendonça.

Jorge Santoro

Jorge Santoro lidera el equipo editorial con formación en comunicación obtenida en la Universidad Nacional de Córdoba, Argentina. Se caracteriza por un criterio propio, atención al detalle y una mirada crítica que aporta profundidad y coherencia a cada contenido publicado.

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