El tribunal cambia la norma sobre la separación de un niño de la familia para su adopción

La Corte de Río suspendió un artículo de la ley estatal que trataba sobre reglas para sacar a niños y adolescentes de la vida familiar y de los procesos de adopción.
La decisión fue tomada por el Órgano Especial del Tribunal de Justicia de Río de Janeiro (TJRJ), tras una acción presentada por el Procurador General de Justicia, Antonio José Campos Moreira.
El artículo 2 de la Ley Estatal N° 10.766/2025 impuso restricciones a la separación de niños, niñas y adolescentes de sus madres en situación de vulnerabilidad social y económica, sujetando la medida a un seguimiento previo por parte de equipos técnicos. Según el Estatuto del Niño y del Adolescente (ECA), la legislación federal que regula la acogida de emergencia en casos de riesgo, permite la adopción inmediata de la medida, dependiendo de la urgencia y gravedad de la situación.
La reclamación, propuesta a sugerencia del Centro de Apoyo Operativo de las Fiscalías de Niñez y Juventud del MPRJ, destacó que el artículo creaba una condición indebida para la aplicación de una medida de protección de emergencia, además de establecer reglas procesales sobre la adopción en desacuerdo con la legislación nacional, comprometiendo la celeridad y eficacia de los procedimientos.
El MPRJ también sostuvo que la norma presentaba vicios de competencia y violaba principios constitucionales, como la prioridad absoluta de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, la mínima intervención, la libertad, la privacidad, la eficiencia administrativa y la duración razonable del proceso.
El Órgano Especial, integrado por los jueces de mayor rango, al otorgar el amparo, “reconoció la plausibilidad jurídica del pedido y el peligro de demora, destacando el riesgo para la protección integral de niños y adolescentes y la posibilidad de un daño continuado que sería difícil de revertir al fisco, por la aplicación de una norma potencialmente inconstitucional”.


