¿Cuáles son las condiciones votadas por los diputados?

EDICIÓN del 15/07/2026 – La Asamblea tuvo la última palabra, el Parlamento adoptó definitivamente el texto. Os traemos de nuevo este artículo para la ocasión.
Una votación y, tal vez, el comienzo del próximo fin de una serpiente marina en el Parlamento. Los diputados votaron este martes a favor del proyecto de ley que crea el derecho a la muerte asistida, antes de una votación final prevista en la Asamblea el 15 de julio. La versión adoptada al final de esta nueva lectura será a priori la copia definitiva. De hecho, los senadores deberían rechazar nuevamente el texto en el Palacio de Luxemburgo el 7 de julio, y los diputados ya no podrán presentar enmiendas para la lectura final. ¿Cuáles son las condiciones que rige este texto?
Criterios de elegibilidad
El proyecto de ley presentado por el ex diputado Olivier Falorni crea un “derecho a la muerte asistida”, legalizando un sistema regulado de suicidio asistido o incluso la eutanasia como excepción, aunque estas palabras no aparezcan explícitamente en el texto.
Para tener derecho a este derecho, el solicitante debe cumplir cinco condiciones acumulativas:
– Ser mayor de edad
– Ser francés o residente en Francia.
– Padecer una “enfermedad grave e incurable” que “pone en peligro la vida” en una fase avanzada o terminal.
– “Ser capaz de expresar la voluntad de manera libre e informada”
– El “sufrimiento actual” es “refractario al tratamiento o insoportable según la persona que ha optado por no recibir o dejar de recibir tratamiento”.
El sufrimiento psicológico por sí solo “no puede en modo alguno permitir” que las personas se beneficien de ayuda para morir, precisa el texto.
colegialidad
La persona que desea una muerte asistida la solicita a un médico, responsable de verificar la elegibilidad del paciente. Para evaluar los criterios, el médico establece un procedimiento colegiado. Organiza una reunión en la que participan al menos un especialista en patología, un cuidador implicado en el tratamiento del paciente y él mismo. El médico también puede invitar a otros profesionales de la salud (asistentes asistenciales, psicólogos). el medico toma al final la decisión sola.
límite de tiempo
El médico deberá notificar al paciente su decisión “dentro de los quince días siguientes a la solicitud”. Luego, el texto prevé “un período de reflexión de al menos dos días” antes de que el paciente pueda confirmar su solicitud. Si la confirmación se produce más de tres meses después de la notificación, el médico “evalúa nuevamente el carácter libre e informado” de la solicitud. Lo mismo ocurre si la fecha fijada para la administración de la sustancia letal es tres meses después de la notificación. El paciente podrá renunciar a su solicitud en cualquier momento.
Administración
Para la administración del producto letal, el solicitante estará acompañado de un médico o enfermero. El paciente elige el lugar (excepto vías y espacios públicos) y la fecha de administración de la sustancia letal así como las personas que estarán a su alrededor cuando llegue el momento. La autoadministración es la regla y la administración por el médico o enfermero acompañante la excepción, cuando el paciente “no esté físicamente capacitado para hacerlo”.
cláusula de conciencia
Cualquier médico o enfermero puede hacer valer una cláusula de conciencia que le permita negarse a prestar asistencia para morir. Luego deberá comunicar a la persona los nombres de los profesionales que estén dispuestos a hacerlo. El texto ya no prevé un delito de obstrucción del acceso a la muerte asistida, inspirado en el de las interrupciones voluntarias del embarazo (IVG), ni un delito de instigación, finalmente suprimido por los diputados durante esta nueva lectura.


