Los intereses de Fies Empreendedor se devengarán durante el periodo de carencia

Los prestatarios del crédito Fies Empreendedor, dirigido a estudiantes y exalumnos que se encuentren cumpliendo con el Fondo de Financiamiento de Estudiantes (Fies), pagarán intereses por el período de gracia. En reunión extraordinaria de este viernes (10), el Consejo Monetario Nacional (CMN) aprobó una modificación del reglamento del programa.
La norma anterior, aprobada el día 3, anulaba la incidencia de los intereses durante el período de carencia, periodo en el que el prestatario no paga las cuotas tras contratar la financiación.
Fies Empreendedor tiene un período de carencia de hasta seis meses para personas físicas y de 12 meses para personas jurídicas. Con el cambio, el período de gracia solo se aplicará al monto principal de la deuda. Tan pronto como los prestatarios comiencen a pagar las cuotas, también pagarán los intereses del período de gracia.
De esta forma, los intereses durante el período de gracia se incorporarán al total de la deuda, dando como resultado la capitalización.
FIES Emprendedor
Fies Empreendedor nació para ofrecer una línea de crédito con diferentes condiciones a los beneficiarios del Fies que se encuentren al día con sus créditos estudiantiles.
La propuesta es incentivar el emprendimiento y, al mismo tiempo, incentivar a los estudiantes a mantener el pago regular de las cuotas del Fies.
La línea puede ser utilizada por:
- Particulares, para financiar actividades empresariales;
- Personas jurídicas, para capital de trabajo de empresas.
¿Cómo funcionará?
La tasa de interés podría alcanzar el 11,19% anual.
Este porcentaje se compone de dos partes:
- hasta el 8,94% anual, destinado a la remuneración de las entidades financieras;
- 2,06% anual, referente a la remuneración de los recursos puestos a disposición por la Unión.
El financiamiento será operado por el Banco do Brasil y Caixa Econômica Federal.
Plazos
Las condiciones varían según el tipo de beneficiario.
Para particulares:
- plazo de pago de hasta 60 meses;
- Período de gracia de hasta seis meses para comenzar a pagar el principal.
Para personas jurídicas:
- plazo de pago de hasta 96 meses;
- Período de gracia de hasta 12 meses para comenzar a pagar el principal.

