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Mendes vota para mantener intacta la invalidación del plazo

El ministro Gilmar Mendes, del Supremo Tribunal Federal (STF), votó este viernes (19) a favor de mantener la totalidad de la decisión del Tribunal que reconoció la inconstitucionalidad del plazo para la demarcación de tierras indígenas.

El voto del ministro, relator del caso, se dio durante el juicio virtual de los recursos interpuestos tras la decisión que, en diciembre del año pasado, invalidó el entendimiento de que los indígenas sólo tienen derecho a tierras que estaban en su poder el 5 de octubre de 1988, fecha de la promulgación de la Constitución Federal, o que se encontraban en disputa judicial en ese momento.

Hasta el momento, la puntuación de la votación es de 1 a 0 para mantener la integridad del juicio. Está previsto que la sesión virtual finalice el viernes (26).

Aunque el cronograma ha sido revocado, entidades que trabajan para proteger a los indígenas afirman que se mantienen retrocesos, como la posibilidad de compensación a los invasores que construyeron mejoras de “buena fe”, la flexibilización de la consulta previa a los indígenas sobre temas que afectan su existencia, además de otras cuestiones que podrían hacer inviables las demarcaciones.

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Los recursos fueron presentados por la Articulación de los Pueblos Indígenas de Brasil (APIB) y los partidos PT, PV, PC do B, PSOL y Rede Sustentabilidade.

Los demandantes defendieron ante el Tribunal Supremo la suspensión de la eficacia de la decisión del Tribunal hasta la sentencia definitiva de los recursos. APIB también agregó que los conflictos en las zonas indígenas se agravaron tras la decisión.

Sin embargo, Gilmar Mendes entendió que la suspensión podría comprometer la seguridad jurídica.

‘Preveo que cualquier suspensión del fallo implicaría un riesgo de daño grave o de difícil reparación inversa, dada la necesidad de brindar seguridad jurídica a las cuestiones indígenas, mediante la implementación de las determinaciones contenidas en el fallo’, afirmó.

Respecto a la falta de consulta previa a los pueblos originarios, según lo determina el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), estándar internacional para la protección de los pueblos indígenas, Mendes dijo que el requisito haría inviable el proceso legislativo.

“Exigir que la promulgación de leyes en materia indígena esté sujeta a consulta libre, previa e informada simplemente haría inviable el proceso legislativo, especialmente considerando las más de 391 etnias identificadas en el Censo Demográfico del IBGE 2022 y la necesidad de utilizar protocolos de consulta para cada comunidad indígena”, agregó.

Entender

En 2023, el STF consideró que el plazo era inconstitucional. Además, el hito también fue bloqueado por el presidente Luiz Inácio Lula da Silva, quien vetó parte de la Ley 14.701/2023, en la que el Congreso validaba la norma.

A finales del mismo año, el Congreso anuló el veto de Lula y mantuvo el hito.

Luego de la votación, entidades representantes de pueblos indígenas y partidos de gobierno apelaron ante la Corte Suprema para impugnar nuevamente la constitucionalidad de la tesis.

La decisión final sobre la cuestión se tomó en diciembre de 2025, cuando el Tribunal Supremo invalidó definitivamente el hito.

Jorge Santoro

Jorge Santoro lidera el equipo editorial con formación en comunicación obtenida en la Universidad Nacional de Córdoba, Argentina. Se caracteriza por un criterio propio, atención al detalle y una mirada crítica que aporta profundidad y coherencia a cada contenido publicado.

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