El estrecho de Ormuz será gestionado por Irán, Omán y los países del Golfo

El primer punto del memorando de entendimiento negociado entre Irán y Estados Unidos (EE.UU.) prevé el fin “inmediato y permanente” de las guerras que actualmente libra Israel en el Líbano y la Franja de Gaza.
El texto completo, de 14 puntos, fue publicado por medios estatales iraníes y medios de prensa estadounidenses. El presidente iraní Masoud Pezeshkian también publicó una copia del documento en una red social.
El documento establece que la gestión del Estrecho de Ormuz quedará definida entre Omán, Irán y los países del Golfo Pérsico; que se levantarán todas las sanciones aplicadas contra el país persa; y que Teherán se comprometa a no desarrollar armas nucleares, con la supervisión de la Agencia Internacional de Energía Atómica (OIEA) de la ONU.
El texto, que será firmado este viernes (19), en Ginebra, Suiza, ya fue firmado a distancia, según Pakistán, que negoció el acuerdo. Irán y Estados Unidos se comprometen a respetar “la soberanía y la integridad territorial de cada uno y a abstenerse de interferir en los asuntos internos del otro”.
El documento también prevé un plazo de 60 días para un “acuerdo final”; el fin del bloqueo naval impuesto por Washington contra Irán; y previsión de un plan de 300 mil millones de dólares para reconstruir el país persa.
Todos los compromisos están ligados al acuerdo final que deberá alcanzarse en el plazo de dos meses, prorrogable. Sin embargo, se espera que entren en vigor inmediatamente el fin de las guerras en todos los frentes, el levantamiento del bloqueo naval estadounidense y la liberación de los fondos de Irán bloqueados por Estados Unidos, así como el paso por Ormuz “libre y libre” durante 60 días.
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Fin de las guerras
“Los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán y sus aliados en la guerra actual, al firmar este Memorando de Entendimiento, declaran el cese inmediato y permanente de las operaciones militares en todos los frentes, incluido el Líbano”, dice el documento.
El primer punto del acuerdo añade también que Irán y EE.UU. “se comprometen, a partir de ahora, a no iniciar ninguna guerra ni operación militar entre sí, a abstenerse de amenazar o utilizar la fuerza entre sí y a garantizar la integridad territorial y la soberanía del Líbano”.
Estrecho de Ormuz
El memorándum sobre el Estrecho de Ormuz afirma que Irán permitirá, en un plazo de 60 días, el paso libre y seguro por el que, antes de la guerra, transitaba alrededor del 20% del petróleo mundial. Sin embargo, la gestión del Estrecho será definida por los países de la región.
“La República Islámica de Irán entablará un diálogo con el Sultanato de Omán para definir la futura administración y los servicios marítimos en el Estrecho de Ormuz, junto con otros Estados ribereños del Golfo Pérsico, de conformidad con el derecho internacional aplicable y los derechos soberanos de los Estados costeros del Estrecho de Ormuz”, dice el documento.
Memorando de entendimiento de Islamabad entre los Estados Unidos de América y la República Islámica del Irán:
- Los Estados Unidos de América y la República Islámica del Irán y sus aliados en la guerra actual, al firmar este Memorando de Entendimiento, declaran el cese inmediato y permanente de las operaciones militares en todos los frentes, incluido el Líbano, y se comprometen, en adelante, a no iniciar ninguna guerra u operación militar entre sí, a abstenerse de amenazar o usar la fuerza entre sí y a garantizar la integridad territorial y la soberanía del Líbano. El acuerdo final confirmará el fin permanente de la guerra en todos los frentes, incluido el Líbano, y las demás disposiciones de este párrafo.
- Los Estados Unidos de América y la República Islámica del Irán se comprometen a respetar la soberanía y la integridad territorial de cada uno y a abstenerse de interferir en los asuntos internos del otro.
- Los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán se comprometen a negociar y alcanzar un acuerdo final en un plazo máximo de 60 días, plazo prorrogable de mutuo acuerdo.
- Inmediatamente después de firmar este Memorando de Entendimiento, los Estados Unidos de América comenzarán a eliminar el bloqueo naval y cualquier perturbación o impedimento contra la República Islámica de Irán, poniéndolo fin por completo en un plazo de 30 días. Durante este período, el tráfico de buques será proporcional al volumen del tráfico de antes de la guerra que la República Islámica del Irán esté restableciendo. Los Estados Unidos de América también se comprometen a retirar sus fuerzas de las proximidades de la República Islámica del Irán en un plazo de 30 días a partir de la firma del acuerdo final.
- Tras la firma de este Memorando de Entendimiento, la República Islámica de Irán hará todos los esfuerzos posibles para garantizar el paso seguro y libre de buques comerciales, durante un período de 60 días, desde el Golfo Pérsico hasta el Mar de Omán y viceversa. El tráfico de buques comerciales se iniciará de inmediato y, considerando la necesidad de eliminación de obstáculos técnicos y militares y desminado por parte de la República Islámica de Irán, se restablecerá plenamente en un plazo de 30 días. La República Islámica del Irán entablará un diálogo con el Sultanato de Omán para definir la futura administración y los servicios marítimos en el Estrecho de Ormuz, junto con otros Estados costeros del Golfo Pérsico, de conformidad con el derecho internacional aplicable y los derechos soberanos de los Estados costeros del Estrecho de Ormuz.
- Los Estados Unidos de América se comprometen, junto con sus socios regionales, a desarrollar un plan definitivo, mutuamente acordado, con un presupuesto mínimo de 300 mil millones de dólares, para la reconstrucción y el desarrollo económico de la República Islámica del Irán. El mecanismo para implementar este plan se finalizará como parte de un acuerdo definitivo dentro de 60 días. Todas las licencias, exenciones y permisos necesarios para las transacciones financieras relevantes serán otorgados por los Estados Unidos de América.
- Los Estados Unidos de América se comprometen a levantar todo tipo de sanciones contra la República Islámica del Irán, incluidas las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, es decir, las resoluciones de la Junta de Gobernadores de la OIEA, y todas las sanciones unilaterales de los Estados Unidos, primarias y secundarias, según un calendario acordado previamente como parte del acuerdo final. La República Islámica del Irán y los Estados Unidos de América reconocen la importancia crucial de la cuestión antes mencionada del levantamiento de las sanciones y han expresado su intención de abordar inmediatamente estas cuestiones en negociaciones a fin de llegar a un acuerdo mutuo al respecto.
- La República Islámica del Irán reafirma que no adquirirá ni desarrollará armas nucleares. Los Estados Unidos de América y la República Islámica del Irán han acordado resolver la cuestión del destino del material enriquecido almacenado de conformidad con un mecanismo que se acordará mutuamente, de conformidad con el cronograma mencionado en el párrafo siete, siendo la metodología mínima la dilución in situ bajo la supervisión del OIEA. Las dos partes también acordaron discutir la cuestión del enriquecimiento y otros asuntos mutuamente acordados relacionados con las necesidades nucleares de la República Islámica de Irán, sobre la base de un marco satisfactorio que se acordará en el acuerdo final. El acuerdo final confirmará lo dispuesto en este apartado. Los Estados Unidos de América y la República Islámica del Irán reconocen la importancia crítica de las cuestiones nucleares antes mencionadas y expresan su intención de abordarlas inmediatamente en negociaciones para llegar a un acuerdo mutuo al respecto.
- A la espera del acuerdo final, los Estados Unidos de América y la República Islámica del Irán acuerdan mantener el status quo. La República Islámica de Irán mantendrá el status quo actual de su programa nuclear y los Estados Unidos de América no impondrán nuevas sanciones ni enviarán tropas adicionales a la región.
- Los Estados Unidos de América se comprometen a que, inmediatamente después de la firma de este Memorando de Entendimiento y hasta el fin de las sanciones, el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos emitirá exenciones para la exportación de petróleo crudo, productos petrolíferos y derivados iraníes, así como todos los servicios asociados, incluidos bancos, seguros, transporte, etc.
- Los Estados Unidos de América se comprometen a hacer que los fondos y activos congelados o restringidos de la República Islámica del Irán estén plenamente disponibles para su uso tras la implementación de este Memorando de Entendimiento. Los Estados Unidos de América y la República Islámica del Irán acordarán mutuamente los procedimientos relativos a la liberación de estos fondos durante las negociaciones. Dichos fondos, ya sea que se mantengan en la cuenta original o se transfieran, estarán disponibles en su totalidad para el pago a cualquier beneficiario final designado por el Banco Central de la República Islámica del Irán. Los Estados Unidos de América se comprometen a expedir todas las licencias y autorizaciones necesarias para tales
- Los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán acuerdan que se establecerá un mecanismo ejecutivo para monitorear la implementación exitosa de este Memorando de Entendimiento y el cumplimiento futuro del acuerdo final.
- Tras la firma de este Memorando de Entendimiento y sujeto al inicio de la implementación de los Párrafos 1, 4, 5, 10 y 11 de este Memorando de Entendimiento y la implementación continua de estas medidas, los Estados Unidos de América y la República Islámica del Irán entablarán negociaciones sobre el acuerdo final únicamente sobre los párrafos restantes.
- El acuerdo final será ratificado por una resolución vinculante del Consejo de Seguridad de la ONU.
