La Justicia orden? adem?s el cese de fumigaciones terrestres con agrot?xicos en un radio de mil metros alrededor de los establecimientos educativos.
Nunca m?s. Los habitantes de Entre R?os y, en especial, quienes transitan por escuelas rurales desean que las fumigaciones no afecten m?s sus vidas.
La C?mara Civil II, Sala Segunda, a cargo del juez Oscar Daniel Benedetto, hizo lugar parcialmente a un amparo ambiental promovido por Asociaci?n Gremial del Magisterio de Entre R?os (Agmer) y el Foro Ecologista para impedir las fumigaciones sobre los establecimientos educativos en ?reas suburbanas de la provincia de Entre R?os.
En un fallo sin precedentes, la Justicia entrerriana orden? el cese de "fumigaciones terrestres con agrot?xicos en un radio de mil metros alrededor de todas las escuelas rurales de la provincia", y tambi?n se expidi? sobre "la fumigaci?n a?rea con iguales pesticidas en un radio de tres mil metros alrededor de dichos establecimientos educativos".
Adem?s en el fall? se alega que "existiendo ni?os involucrados en el conflicto, rige el principio rector de su inter?s superior". Cabe recordar que la presentaci?n hab?a ingresado el 22 de agosto pasado. En la demanda se ped?a que se exhorte a la provincia de Entre R?os a que en un plazo razonable se fije "una franja de mil metros alrededor de escuelas rurales, libre de uso de agrot?xicos. Y una zona de resguardo consistente en una barrera vegetal cuyo objetivo ser?a impedir y/o disminuir el egreso descontrolado de agroqu?micos hacia los centros educativos".
La Agmer y la entidad ambientalista en su momento alegaron urgentes medidas a fin de proteger a los alumnos que van escuelas rurales y se ven expuestos a los venenos usados en la actividad agr?cola. Tambi?n requirieron un "sistema de vigilancia epidemiol?gica" y "estudios y an?lisis de sangre, orina y gen?ticos de los menores que sus padres consideren oportuno".
Asimismo reclamaron que la Direcci?n de Hidr?ulica de Entre R?os lleve a cabo an?lisis sobre el agua para el consumo de los alumnos, tal como lo public? Era Verde.
Benedetto admiti? la prohibici?n de fumigar en un radio entre 1.000 y 3.000 metros alrededor de todas las escuelas rurales de la provincia de Entre R?os y exhort? "al Estado provincial para que, a trav?s de sus reparticiones, efect?e en forma exhaustiva y sostenida en el tiempo, los estudios que permitan delinear pautas objetivas en torno al uso racional de qu?micos y agroqu?micos". Adem?s conden? "al Estado Provincial y al Consejo General de Educaci?n a que en el plazo de dos a?os contados desde la presente a que procedan a implantar barreras vegetales a una distancia de 150 metros de todas las escuelas rurales", y a "suspender de inmediato las aplicaciones de productos fitosanitarios en las ?reas sembradas lindantes a las escuelas rurales, en horario de clases, debiendo efectuarse las aplicaciones en horarios de contra turno y/o fines de semana, a modo de asegurar la ausencia de los alumnos y personal docente y no docente en los establecimientos durante las fumigaciones".
Consideraciones del juez
El magistrado sostuvo que la demanda ante la amenazas al medio ambiente y a la salud de los alumnos y docentes rurales por las fumigaciones est? en una situaci?n de ausencia de acciones estatales para prevenirlas. El juez consider? que no han habido medidas id?neas de prevenci?n, por lo que surge la necesidad de prevenir da?os futuros, "en el entendimiento de que no hay da?o ambiental inocuo o completamente reparable, y que el Estado debe prevenir la producci?n de los riesgos con anticipaci?n, ya que la funci?n resarcitoria en estos casos es tard?a y disfuncional".
Asimismo, ante la imposibilidad que el cese de la actividad de la aspersi?n de herbicidas, Benedetto busca con su fallo que se limite a una distancia prudencial los lotes a fumigar. El magistrado advirti? adem?s que el Consejo General de Educaci?n "est? obligado a garantizar a los alumnos el desarrollo del aprendizaje en edificios escolares que respondan a normas de seguridad y salubridad y que aseguren un adecuado servicio educativo". En la sentencia el juez expres? que resulta "absolutamente irrebatible que ning?n producto qu?mico que sea esparcido en el ambiente o derramado sobre la superficie terrestre resulta inocuo o carente de efectos". Respecto del objeto de la acci?n de amparo, el juez plante? que se est? "ante una ausencia de normativa espec?fica respecto de las distancias de aplicaci?n de las escuelas rurales de la provincia, y una clara omisi?n estatal en orden a la prevenci?n que este tipo de pr?cticas requiere. Es evidente que el sistema de denuncias instaurado es insuficiente, en tanto es posterior al da?o causado, y m?s all? de las medidas de difusi?n y educaci?n realizadas, las accionadas no han acreditado, en torno a la escuelas rurales. llevar a cabo ning?n tipo de medida id?nea de prevenci?n".
Para Urribari, un avance clave
Tras conocerse el fallo del juez Benedetto por el cual proh?be la fumigaci?n terrestre con agrot?xicos en un radio de 1.000 metros alrededor de todas las escuelas rurales de la provincia y la fumigaci?n a?rea con pesticidas en un radio de 3.000 metros, el ex gobernador entrerriano Sergio Urribarri, manifest? que "representa un avance clave en el abordaje de esta problem?tica tan importante y urgente".
Asimismo, la sentencia se?ala la necesidad de determinar el estado de situaci?n actual de contaminaci?n en la provincia. En este sentido, el ex mandatario expres?: "Celebramos esta resoluci?n y entendemos que va en l?nea con el proyecto de ley que presentamos d?as atr?s para declarar la emergencia sanitaria y ambiental en el territorio entrerriano".
La semana pasada ingres? en Diputados un proyecto de Urribarri que declara "por un plazo m?nimo y prorrogable de dos a?os, el estado de Emergencia Sanitaria y Ambiental en el territorio de la provincia de Entre R?os". La iniciativa del presidente de la C?mara baja responde al planteo de organizaciones ambientales de diversas localidades de la provincia.
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